Opinión

Soberanía energética y el sector eléctrico en Colombia

Fabio Andrés Pinto

20/02/2014 - 09:30

 

Sin duda, el descubrimiento de la energía eléctrica jugó un papel importante en el desarrollo de la humanidad a través de su aplicación para generar calor, iluminar las ciudades, hogares y como fuente de energía para la industria y la ciencia.

El hallazgo de cómo generarla y cómo utilizarla marcó el nacimiento de la era moderna y la sociedad actual, ya que en el presente gran parte del desarrollo económico, industrial y científico, además de la vida diaria, dependen en gran medida del uso de la energía eléctrica.

A pesar de que en principio, la iniciativa de introducir el servicio eléctrico en Colombia, a finales del siglo XIX, fue de iniciativa privada, en 1936 comenzó una intervención del Estado en las empresas eléctricas del país debido al poco crecimiento de las redes y con el fin de que el servicio llegara a más población. La Ley 109 de 1936 (1) y el Decreto 1606 de 1937 (2) marcaron dicha intervención, no sólo en el tema de la energía eléctrica, sino también en los servicios públicos domiciliarios en general.

Luego del auge del modelo neoliberal, que tuvo como principal precursor a Gran Bretaña en la década de los 80, y el comienzo de la intervención del Banco Mundial y el FMI en Colombia, el gobierno de Cesar Gaviria sentó las bases para la seguidilla de privatizaciones que serían impuestas al país siguiendo juiciosamente el consenso de Washington, el cual llevaría a que en el presente el 63% del sector pertenezca al capital privado, 31% sea de un carácter mixto al que el Estado renuncia paulatinamente y solo el 6% corresponda a la propiedad pública (3).

La Ley 143 de 1994 (4) introdujo la desintegración vertical de las actividades del sector en generación, transmisión, distribución y comercialización con el fin de incentivar ingreso de capitales privados y alegando una ineficiencia de los monopolios públicos. Este planteamiento ha llevado a que en el presente en el país existan 41 empresas generadoras, 9 transmisoras, 29 distribuidoras y 69 empresas comercializadoras de energía eléctrica (3) pasando de un monopolio público a una participación mayoritaria de capitales privados extranjeros.

En el presente, los planteamientos con los cuales fue defendida la privatización del sector eléctrico en Colombia (mejor calidad, menos corrupción, tarifas más bajas) no han dado los resultados esperados por quienes la abanderaron, la propiedad estatal se ha perdido en detrimento del patrimonio nacional y lo que hoy tenemos son monopolios privados que abusan de los usuarios y de las tarifas sin asegurar cobertura y calidad, además de pauperizar el trabajo a través de la intermediación y la inestabilidad laboral.

Aunque tal vez la propuesta de intervenir el sector eléctrico y re-nacionalizarlo sería para la clase política defensora de la privatización una forma de “sovietizar” el país, bastaría con que se recuperara la propiedad mayoritaria del Estado en el sector, para así garantizar un servicio idóneo y libre de abusos que no son atendidos idóneamente por los entes reguladores. Ejemplos como el de La EDF (Électricité de France) que es en un 85% propiedad del Estado y el de ciudades como Hamburgo (Alemania), donde la ciudadanía organizada logró a través de un referéndum popular re-municipalizar la red eléctrica previamente privatizada, nos enseñan que el Estado puede administrar los recursos energéticos para servir los intereses de la población y no los de una gran empresa.

Es necesario que llegue al poder un gobierno que, a diferencia de los que hemos tenido desde hace 24 años (o desde siempre), no combinen lo peor del libre comercio y el poder en manos de unos pocos con el favorecimiento de intereses extranjeros. Es necesario que el suministro de energía eléctrica junto con los demás servicios públicos domiciliarios se conviertan en derechos fundamentales de los colombianos y que sean prestados con calidad, amplia cobertura, altamente subsidiados por el Estado y de acceso universal, más no para aquellos que puedan acceder a ellos. Promover una soberanía energética debe convertirse en tarea principal para todos.

Referencias:

Ley 109 de 1936. Sobre tarifas y reglamentos de empresas de energía eléctrica y de acueductos a domicilio. http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9014

Decreto 1606 de 1937. Decreto Reglamentario de la ley 109 de 1936.

INFORME SECTORIAL SOBRE LA EVOLUCIÓN DE LA DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN COLOMBIA – ASOCODIS. http://www.asocodis.org.co/cms/docs/asocodis-correcciones-marzo-6.pdf

Ley 143 de 1994. Ley Eléctrica. http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4631

 

Fabio Andrés Pinto

@AliasFabioPin

Sobre el autor

Fabio Andrés Pinto

Fabio Andrés Pinto

Visión alternativa

Nacido en Valledupar. Ingeniero electrónico. Magíster en Matemáticas Aplicadas. Docente universitario, investigador y consultor en temas tecnológicos. En este espacio se describe y se reflexiona sobre la situación del país a nivel tecnológico, académico y económico. 

@FabioPinTech

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