Opinión

Un decreto sin ton ni son

Camilo Pinto Morón

18/07/2017 - 06:45

 

 

El Decreto No. 000305 fue expedido por la alcaldía del municipio de Valledupar el día ocho de mayo de 2017, tal acto administrativo tiene entre sus objetos, restringir la circulación de motocicletas, motociclos y mototriciclos, cualquiera que sea su cilindraje, en días hábiles de la semana, en el periodo comprendido entre las 7:00 a.m. y las 7:00 p.m. dentro de gran parte de la zona céntrica de la ciudad, así se encuentra reglado en el artículo tercero de dicho decreto. Dentro de la delimitación establecida por la administración se encuentra incluida la carrera séptima con Calle 16B, lugar en el que fue asesinado Jorge Enrique Tejedor Molina de 61 años por sujetos que se movilizaban en una motocicleta, léase bien, en una motocicleta, cuando, según versiones de los hechos, se opuso a ser víctima de un hurto, lo que llevó a uno de los delincuentes a propinarle un disparo en el hombro izquierdo, la víctima recibió los primeros auxilios, pero falleció de camino al centro asistencial.

Después de semejante hecho tan lamentable han seguido circulando motocicletas en esta zona, pese a la prohibición. Pero tal situación tiene un agravante, y es que los motociclistas se pasean por el sector céntrico ante la presencia de la Policía Nacional y los agentes de tránsito del municipio, quienes son intermitentes en hacer efectiva la medida, algo como: un día sí y el otro no; otra cosa que no deja de ser un problema es el déficit de responsabilidad social en la ciudadanía. Las fallas en el gobierno municipal no cesan, la búsqueda de salidas efectivas se viene haciendo a media máquina. La comunidad está cansada de tanta inconsistencia, de tanto error.

Me atrevo a decir que un gran porcentaje de las motocicletas que hoy siguen transitando tranquilamente por el centro de Valledupar, burlando un decreto que ha perdido toda firmeza, si es que la tuvo, y a una autoridad de tránsito y de policía esporádicas, no son ni fuerza pública, ni periodistas, ni mensajeros certificados, ni personal de seguridad estatal, que son algunas de las excepciones a la regla restringente, son mototaxistas y no mototaxistas que se pasean como Pedro por su casa, como aquel Pedro que acabó con la vida de Tejedor Molina en días pasados.

A pesar de que el acto administrativo en comento posee un gran cumulo de motivos de hecho y de derecho, su materialización no es completamente palpable, hay una clara escasez de firmeza en este. El Derecho Administrativo es claro al plantear que el deber ser en estos casos es que los actos proferidos por la administración no pierdan fuerza ejecutiva, por lo cual, es labor de las autoridades competentes hacer efectivo todo lo que el acto anuncie, disponga, resuelva, decrete o comunique, dependiendo el caso en específico, para la circunstancia que nos atañe, el Decreto No. 000305 expedido por la alcaldía municipal, en el cual se adopta una medida tan importante como el control y desestimulación de la prestación ilegal del servicio público de transporte en motocicletas, problemática que ha venido teniendo cierto entrelazamiento con la vil y persistente criminalidad que perturba a la colectividad.

El gobierno municipal debe comprender no puede salir a maquillar una situación sumamente manifiesta y desmadrada como la actual crisis de inseguridad. La ley administrativa de nuestro ordenamiento jurídico establece que toda medida que se tome a través de un acto administrativo debe expresar la manera en que se hará exigible y en cabeza de quién recaerá tal competencia. Por supuesto, el Decreto No. 000305 no fue la excepción, pues en su artículo octavo preceptúa que la Secretaria de Tránsito municipal y la Policía Nacional serán los encargados de realizar todos los procedimientos requeridos para el cumplimiento de la disposición.

Hace un par de semanas fue una inculta infracción de tránsito combinada con un hurto que terminó en un homicidio, mañana podría ser algo igual o peor.

“Las cosas tienen vida propia – pregonaba el gitano con áspero acento –, todo es cuestión de despertarle el ánima”, este es un fragmento de la obra insigne de nuestro Gabo, ‘Cien años de soledad’, que converge con el clamor de los vallenatos.

Hasta que este acto de la administración no se le impregne la solidez apropiada por parte de las autoridades a las que les corresponde hacerlo exigible, y los valduparenses no dejemos de pisotear el concepto de cultura ciudadana, tal acto tendrá el ánima marchita, no será más que un: ‘Un decreto sin ton ni son’.

 

Camilo Pinto Morón

@camilopintom

Sobre el autor

Camilo Pinto Morón

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Letras & Opinión

Camilo A. Pinto Morón, estudiante de Derecho de la Universidad de Santander, estudio leyes porque "pertenece a ese orden de cosas que se comprenden mejor cuando no se definen" - Levy Ullmann. Columnista de opinión en PanoramaCultural.com.co, el diario El Pilón, y Con la Oreja Roja. Fiel creyente de un oficio de opinar en serio, respetuoso, objetivo y responsable.

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