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Todo lo que debes saber sobre la regulación de las corralejas en Colombia

Las corralejas son una tradición cultural arraigada en varias regiones de Colombia, particularmente en la costa Caribe, como los departamentos de Córdoba, Sucre, Bolívar y Atlántico. Se trata de eventos festivos donde se construye una arena improvisada (corral) y se sueltan toros para que participantes aficionados, conocidos como "garrocheros" o "banderilleros", interactúen con ellos de manera espontánea. A diferencia de las corridas de toros formales, las corralejas no siguen un protocolo estricto; involucran música, baile, consumo de alcohol y a menudo resultan en lesiones graves o muertes tanto para humanos como para animales, debido a cornadas, pisoteos o caídas.
Esta práctica se remonta a más de un siglo, influenciada por tradiciones españolas y locales, y se asocia con fiestas patronales, como las de Sincelejo o Sahagún, donde simbolizan identidad comunitaria y diversión popular. Sin embargo, han sido criticadas por promover el maltrato animal y por su alto riesgo para la seguridad pública.
Historia de la regulación
La regulación de las corralejas en Colombia ha evolucionado a lo largo de los años, impulsada por preocupaciones éticas, de salud pública y derechos animales. Antes de las leyes nacionales recientes, estas prácticas se regían principalmente por normativas locales o municipales, que variaban por región. Por ejemplo:
-En la década de 2010, se presentaron varios proyectos de ley en el Congreso para regular o prohibir actividades que involucran toros. Uno notable fue el Proyecto de Ley No. 228 de 2017 Senado, titulado "Por medio de la cual se reglamentan las fiestas en Corralejas y se dictan otras disposiciones". Este buscaba establecer normas mínimas, como requisitos de seguridad para las arenas, prohibición de ingreso a menores y controles sanitarios para los animales, reconociendo las corralejas como una manifestación cultural pero limitando sus excesos. Sin embargo, no prosperó completamente y quedó en intentos parciales.
-Un hito clave fue la Ley 1774 de 2016, que modificó el Código Civil para reconocer a los animales como seres sintientes (capaces de sentir dolor y emociones), prohibiendo el maltrato innecesario. Esta ley sentó las bases para cuestionar prácticas como las corralejas, aunque no las prohibió explícitamente, y motivó demandas judiciales y campañas animalistas.
-En mayo de 2025, la Comisión Sexta del Senado aprobó el Proyecto de Ley No. 352 de 2024 Senado, "Por la cual se establecen condiciones para el desarrollo de las corralejas con el fin de proteger el derecho a la vida y la integridad personal, y se reconoce e incentiva el toro de carnaval como manifestación cultural". Esta iniciativa, impulsada por la senadora Andrea Padilla (Alianza Verde), proponía regulaciones estrictas: prohibición de ingreso a menores de 14 años, personas en estado de ebriedad, y requisitos de protección para equinos (como arneses abdominales). También incentivaba alternativas culturales sin violencia, como el "toro de carnaval" (representaciones simbólicas sin animales reales). No obstante, este proyecto quedó obsoleto debido a decisiones posteriores.
La Ley 2385 de 2024 y su Impacto en las Corralejas
La regulación más trascendental llegó con la Ley 2385 de 2024, conocida como "Ley No Más Olé", promulgada el 22 de julio de 2024 por el presidente Gustavo Petro en la Plaza de Toros La Santamaría de Bogotá. Esta ley tiene como objeto principal fomentar una "transformación cultural" basada en el respeto a la vida animal y la promoción de la paz, prohibiendo espectáculos que socaven la integridad de los animales. Sus puntos clave son:
-Objeto y ámbito: Aporta a un cambio cultural reconociendo el sufrimiento animal, aplicable en todo el territorio nacional.
-Prohibiciones específicas: A partir de tres años después de su vigencia (es decir, julio de 2027), prohíbe corridas de toros, rejoneo, novilladas, becerradas y tientas, así como procedimientos asociados (como el uso de banderillas o puyas que causan dolor).
-Exclusiones iniciales: En su versión original, el parágrafo 4 del artículo 3 excluía expresamente las cabalgatas, toros coleados, corralejas y peleas de gallos, permitiendo su continuidad como expresiones culturales.
-Transición: Establece un período de tres años para reconversión económica y laboral de personas afectadas (como toreros, ganaderos y organizadores), con apoyo del gobierno en programas de empleo alternativo, educación y turismo cultural sin violencia.
-Sanciones: Viola la ley conlleva multas y posibles penas por maltrato animal, según el Código Penal.
Inicialmente, las corralejas no estaban prohibidas, lo que generó debates entre defensores de la tradición (quienes argumentan su valor económico y cultural en regiones rurales) y animalistas (que destacan el sufrimiento de los toros, a menudo heridos o estresados).
La Sentencia de la Corte Constitucional (C-374 de 2025)
El 4 de septiembre de 2025, la Corte Constitucional, en una decisión unánime con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero, declaró exequible (constitucional) la Ley 2385 de 2024, pero amplió su alcance al declarar inexequible (inconstitucional) la exclusión de las corralejas, toros coleados y peleas de gallos. Esta sentencia (Expediente D-16.101AC) representa un avance histórico en la protección animal. Razones principales:
-Razones constitucionales: La Corte argumentó que el maltrato animal no puede justificarse por tradición cultural, libertad artística o patrimonio histórico, ya que viola el mandato de protección animal (artículo 79 de la Constitución) y el principio de dignidad de seres sintientes. Se basó en precedentes como la Sentencia C-666 de 2010 (que ya cuestionaba la tauromaquia) y la evolución social hacia el rechazo de la crueldad.
-Extensión de la prohibición: Al eliminar la frase "las actividades sobre los toros coleados, las corralejas y las peleas de gallos" del parágrafo 4, estas prácticas quedan prohibidas. Se excluyeron las cabalgatas tras una aclaración posterior, para evitar confusiones.
-Efectos diferidos: La inexequibilidad se difiere por tres años (hasta septiembre de 2028), alineándose con la transición de la ley original, para permitir reconversión laboral y cultural en comunidades afectadas.
Esta decisión ha dividido opiniones: animalistas la celebran como un triunfo ético, mientras que ganaderos y empresarios taurinos en el Caribe la ven como una amenaza a su identidad y economía, argumentando pérdidas de empleo y turismo. Hasta diciembre de 2025, la ley ha enfrentado múltiples demandas, pero se mantiene firme.
Estado actual (inicio 2026)
A la fecha, las corralejas siguen permitidas temporalmente, pero deben cumplir con regulaciones locales de seguridad (como las de salud pública y orden público). El gobierno, a través de ministerios como el de Cultura y Trabajo, está implementando programas de transición, incentivando alternativas como festivales culturales sin animales o ecoturismo. En regiones como el Caribe, hay resistencia, con llamados a replantear modelos económicos. Si bien no hay una "ley exclusiva de corralejas", la Ley 2385 y la sentencia C-374 las integran en el marco prohibitivo nacional, marcando el fin progresivo de esta tradición. Para más detalles, se recomienda consultar el texto completo en sitios oficiales como la Corte Constitucional o el Congreso.
Verónica Salas
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