Pueblos

San Andrés y Providencia: asimilación, identidad y reclamaciones externas

Laura Gutiérrez Escobar

09/12/2022 - 05:50

 

San Andrés y Providencia: asimilación, identidad y reclamaciones externas
Archipiélago de San Andrés y Providencia / Imagen: Wikipedia

 

En 1953, el gobierno del general Gustavo Rojas Pinilla declaró San Andrés – más no Providencia ni Santa Catalina– como Puerto Libre, lo que permitió la importación de bienes comerciales a la isla con menores restricciones tributarias que las existentes en la Colombia continental. Las principales consecuencias de esta medida fueron, por un lado, el auge del turismo y el comercio y, por el otro, la sobrepoblación que continúan estructurando la economía y demografía de la isla.

San Andrés es una de las islas más pobladas del mundo y los raizales representan solo el 40% de la población, frente a los «pañas» o colombianos continentales que migraron principalmente desde Antioquia, la Costa Atlántica y Bogotá. Ante esta situación, en 1991 se creó la Oficina de Control de Circulación y Residencia (OCCRE) para el control poblacional y la preservación de la cultura raizal. Este mandato no se ha cumplido a cabalidad por lo que el pueblo raizal ha perdido alrededor del 50% de las tierras de las tierras de la isla de San Andrés desde mediados del siglo XX. Según los datos del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (2007), el pueblo raizal posee el 47,7% del total de los predios que equivalen al 52,39% del área de la isla de San Andrés (como se citó en Howard et al, 2012, p.166).

La declaración del Puerto Libre ha sido descrita como un proceso de colonialismo interno para «colombianizar las islas» mediante la hispanización y catolización (Parsons, 1985; Ratter, 2001, p.93) que incluyó procesos como: “La migración masiva de colombianos continentales, la persecución de los protestantes, el robo y la expropiación de tierras a la población nativa, la discriminación basada en las diferencias lingüísticas y culturales, el desplazamiento y la aculturación” (Márquez, 2014).

La política de asimilación cultural forzada del gobierno colombiano responde, por un lado, a la necesidad de enfrentar los reclamos limítrofes de Nicaragua y de Estados Unidos frente a las islas, este último que ha reclamado los cayos como una de las llamadas «islas del guano» (Ratter, 2001, pp.89-92)13. Por el otro, a la Constitución de 1886 que establecía un Estado-nación unitario, católico y de lengua española.

Los derechos del pueblo raizal y la integración autonómica al Estado colombiano solo han sido parcialmente garantizados a partir de la adhesión de Colombia al Convenio 169 de la OIT y la Constitución de 1991 que redefinió al país como una nación multicultural y pluriétnica y elevó a departamento las intendencias como el archipiélago, lo que le otorgó mayor autonomía política y la representación en la Cámara de Representantes, con una curul para el pueblo raizal.

Histórica disputa limítrofe con Nicaragua

El archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina está localizado a mayor distancia de Colombia que de Nicaragua (800 Km vs. 200 Km) y tiene vínculos culturales e históricos con los pueblos negros de la Mosquitia de ese país centroamericano. La pertenencia a Colombia se explica porque en la Independencia, el archipiélago hacía parte del virreinato de la Nueva Granada y esos límites se mantuvieron en los nuevos Estados-nación.

Nicaragua ha sostenido desde entonces una disputa limítrofe con Colombia sobre el archipiélago que fue parcialmente resuelta a favor de Colombia con el tratado Esguerra-Bárcenas de 1928, que otorgó la soberanía a nuestro país desde el meridiano 82. Sin embargo, en noviembre de 2012 la Corte Penal Internacional de la Haya falló a favor de Nicaragua concediéndole aproximadamente dos terceras partes del territorio marítimo del archipiélago, por lo que Colombia perdió al menos 75.000 km de mar territorial y la mayoría de los mejores bancos de pesca de los cayos, afectando la integridad territorial del pueblo raizal y el sustento que deriva de la pesca artesanal.

Para el pueblo raizal es fundamental lo que se ha definido como el «maritorio» el cual establece una estrecha relación y continuidad territorial entre espacios terrestres y acuíferos (costas, manglares y arrecifes) o entre distintos ecosistemas acuáticos (Camargo & Camacho, 2019; Márquez, 2019; Toro Pérez, 2017, p.138). Por tanto, el fallo de la Corte de la Haya afectó gravemente esta relación económica y afectiva con el mar como me lo explicó Pedro, ingeniero agrónomo de San Andrés: “cualquiera de nosotros que haya ido a estudiar, arquitectura, derecho, ingeniería, nunca dejamos de ser gente de mar. Con el fallo de La Haya, fuimos afectados todos: el que come del mar, el que arregla las embarcaciones, la señora que vende las albóndigas de caracol” (Pedro, comunicación personal, 27 de febrero de 2019).

 

Laura Gutiérrez Escobar

Acerca de esta publicación: El artículo titulado “ San Andrés y Providencia: asimilación, identidad y reclamaciones extranjeras ”, de Laura Gutiérrez Escobar, corresponde a un capítulo del ensayo académico “ Diversidad biocultural, agricultura raizal y soberanía alimentaria en San Andrés y Providencia ” del mismo autor.

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